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Ficha CAE RES050

Caldera → Bomba de calor
Sector residencial

Sustituya su caldera de gas o gasóleo por una bomba de calor eléctrica en su vivienda o comunidad de propietarios. Ahorre entre un 50 % y un 70 % en la factura de calefacción y genere CAE que financian la inversión.

COP

COP > 3,0

Coeficiente de rendimiento

70%

Ahorro potencial

vs caldera de gasóleo

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Síntesis técnica — Ficha RES050

Ámbito de aplicación

Edificios residenciales: viviendas unifamiliares, pisos, y edificios de viviendas con calefacción centralizada o individual. La ficha aplica cuando se sustituye una caldera de combustión (gas natural, GLP, gasóleo) por una bomba de calor eléctrica para calefacción y/o ACS.

Tecnología elegible

Bombas de calor aire-agua o agua-agua con COP mínimo de 3,0 (condiciones nominales A7/W35). Para zonas climáticas frías (D, E), se recomienda COP ≥ 3,5. También elegibles: bombas de calor híbridas (bomba de calor + caldera de apoyo) y bombas de calor geotérmicas.

Cálculo del ahorro

El ahorro se calcula como la diferencia entre el consumo energético anual de la caldera sustituida (según su combustible y rendimiento) y el consumo de la bomba de calor (según su SCOP y la demanda de calefacción). Para una caldera de gasóleo con rendimiento 0,85 sustituida por una bomba de calor de SCOP 4,0, el ahorro en energía final supera el 65 %.

Documentación necesaria

Etiqueta energética de la bomba de calor (clase A+ mínimo recomendado), factura de compra e instalación, datos de la caldera sustituida (tipo, combustible, potencia, antigüedad), informe fotográfico, y certificado del instalador habilitado (RITE).

Datos clave de la ficha RES050

50-60 %

Ahorro vs gas

caldera gas natural

60-70 %

Ahorro vs gasóleo

caldera de gasóleo

≥ 3,0

COP mínimo

condiciones A7/W35

15-20 años

Vida útil

con mantenimiento anual

Caldera vs Bomba de calor

Caldera de gas/gasóleo

  • Rendimiento 0,85-0,95
  • Combustión de fósiles → CO₂
  • Precio del gas en aumento
  • Solo calefacción
  • Sin generación de CAE

Bomba de calor eléctrica

  • COP 3,0-5,0 (3-5× más eficiente)
  • Sin combustión → cero emisiones locales
  • Electricidad más estable en precio
  • Calefacción + refrigeración + ACS
  • Generación de CAE monetizables

Marco normativo

Real Decreto 36/2023

Establece el sistema CAE en España. Permite que la sustitución de calderas por bombas de calor genere certificados de ahorro energético vendibles a los sujetos obligados.

Orden TED/845/2023 + actualizaciones 2025

Define la ficha RES050 dentro del catálogo de actuaciones estandarizadas. La metodología de cálculo se basa en la diferencia de consumo entre la caldera existente y la bomba de calor nueva, según sus rendimientos respectivos.

Directiva (UE) 2024/1275 — EPBD Refundida

La nueva directiva europea prohíbe progresivamente las calderas de combustibles fósiles autónomas a partir de 2025-2040 según los Estados miembros. En España, la transposición está en curso. La sustitución anticipada permite generar CAE a precios favorables.

RITE — Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

Regula las condiciones técnicas de las instalaciones de calefacción, refrigeración y ACS. La bomba de calor debe ser instalada por un instalador habilitado y cumplir los requisitos del RITE vigente (Real Decreto 178/2021).

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